EEH continúa lucha contra hurto de energía
Empresa Energía Honduras continúa cumpliendo con sus labores contractuales, realiza permanentemente inspecciones a todos los segmentos de clientes del servicio de energía eléctrica para detectar y corregir anomalías no técnicas que representan pérdidas y van en detrimento del pueblo hondureño.
En estas inspecciones se han identificado a los siguientes clientes con irregularidades en su servicio de energía eléctrica:
Cliente 1:
El 15 de abril de 2019 se levantó un acta de revisión y normalización al servicio registrado a nombre de Negocios Incoacsa, en el Sector de Choluteca, con código de cliente 1882950, correspondiente a una fábrica de bloques. Se encontró derivación antes del equipo de medición con lo cual se estaba evadiendo su correcto registro. Los especialistas en control de energía estiman en unos 19,094 kilovatios-horas consumidos, pero NO registrados en el equipo de medición ni facturados, los cuales representan en lempiras un monto aproximado de L 112,773.72.
Cliente 2:
El 27 de marzo de 2019 se levantó un acta de revisión y normalización del servicio registrado a nombre de Empresa de Honduras Orolarva en Choluteca, con código de cliente 1882959. Se encontró el medidor desconectado sin registrar energía. Los especialistas en control de energía estiman en 56,917 kilovatios-horas consumidos, pero NO registrados en el equipo de medida ni facturados, lo cuales representan en lempiras un aproximado de L 283,535.67.
EEH continuará dando a conocer a la población sobre estas prácticas deshonestas que representan pérdidas importantes para la ENEE y para el Estado de Honduras, además de presentar al Ministerio Publico los expedientes para continuar el debido proceso penal.
El Reglamento del Servicio Eléctrico, resolución CREE-050 del 14 de noviembre del 2017 en el artículo 5 numeral a define como acciones ilícitas toda alteración al equipo de medición, sus accesorios o acometida, originada por la manipulación, produciendo el registro incorrecto de los consumos de energía y demanda.
En casos de acciones ilícita al corregir la irregularidad se procede a calcular la energía consumida no facturada para proceder a cobrarla, más la multa correspondiente en el reglamento y el artículo 26 de la Ley General de la Industria Eléctrica que especifica una multa equivalente en lempiras del 50% de la energía consumida no facturada para la primera infracción.
Fecha: 14 de Junio de 2019
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